Guía de derechos de autor
Guía informativa en materia de derechos
de autor y propiedad intelectual para la
publicación de contenidos en formato digital
Se recuerda a los usuarios de la Plataforma de Espacios Virtuales de la
Universidad de Jaén que cualquier material en formato digital que coloquen
para su difusión debe cumplir con la legislación vigente en materia de Derechos
de Autor y Propiedad Intelectual. En los últimos años el uso de la plataforma
de espacios virtuales como apoyo a la actividad docente de la UNIVERSIDAD
DE JAÉN ha permitido que se incluya en los espacios virtuales material docente
complementario, como lecturas, documentos y textos en formato digital. Ello
puede provocar que, accidentalmente, se produzcan infracciones no deseadas
de la normativa reguladora de los derechos de propiedad intelectual.
La UNIVERSIDAD DE JAÉN en su función de servicio público ha elaborado
esta guía de informativa para todo el personal docente e investigador cuando
incluyan materiales en sus espacios virtuales o través de cualquier otro servicio
de divulgación on-line de la Universidad (blogs, páginas web, gestor de
contenidos, etc). Dada la complejidad del tema, pueden surgir dudas acerca de
cuándo estas actuaciones tendentes a poner a disposición del estudiante
materiales que favorezcan el proceso formativo, pueden o no entrar en conflicto
con los derechos derivados de la propiedad intelectual de sus autores, aun
cuando tan solo se realice en el marco de una intranet universitaria.
En virtud de lo anterior, la UNIVERSIDAD DE JAÉN establece las siguientes
indicaciones para el personal docente e investigador a la hora de poner
materiales a disposición de los estudiantes:
1º) En cuanto a la reproducción o escaneado literal de
libros, artículos y documentos sometidos a propiedad
intelectual restrictiva:
Solo podrán adjuntarse ficheros conteniendo todo o parte de libros, artículos y
otros documentos protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual cuando se
haya obtenido previamente la autorización de uso por parte del autor, o en caso
que tenga cedida la explotación exclusiva de la obra, o su gestión, a una editorial
o entidad de gestión derechos, que se tenga el permiso de éstas para su
publicación total o parcial. El consentimiento de los titulares de los derechos de
autor para la utilización de sus obras como material docente deberá formalizarse
a través de un contrato de cesión total o parcial. En todo caso, para la
consecución de estos contratos de cesión cuando comporten un coste para la
UNIVERSIDAD DE JAÉN, deberán de ser autorizados de acuerdo con el
procedimiento interno correspondiente.
También se requerirá autorización expresa del autor para cualesquiera
transformaciones de una obra literaria, artística o científica.
Sin perjuicio de lo anterior, si una vez publicado el documento, el autor de los
materiales recibiera una petición de su autor solicitando su retirada, deberá
proceder a eliminar dicho texto de entre los materiales educativos albergados
en el espacio virtual o servicio de publicación on-line.
Las revistas y otros contenidos licenciados por la Biblioteca de la
UNIVERSIDAD DE JAÉN podrán ser utilizados por el personal docente en los
espacios virtuales, dentro de los términos establecidos en cada licencia.
2º) Reglas aplicables a la reproducción o escaneado
literal de libros, artículos y documentos sometidos a
propiedad intelectual libre o abierta
A estos efectos, se consideran documentos de libre acceso y, como tales, pueden
comunicarse libremente y sin restricciones los siguientes:
- El contenido de los periódicos oficiales como el DOCE, BOE,
Boletines oficiales de las Comunidades Autónomas, etc. - El texto de las resoluciones de los órganos jurisdiccionales,
recomendándose en este punto que se utilicen preferentemente los textos
recogidos en las bases de datos públicas (por ejemplo, el CENDOJ). - El contenido publicado bajo la protección de licencias "copyleft"
como "creative commons" u otras similares y el recogido en repositorios
"open access", siempre que se realice dentro de los límites que en cada
caso se establezca en la respectiva licencia. - Las tesis doctorales publicadas por las universidades conforme a lo
establecido en el art. 21.4 del Real Decreto 1393/2007, en la redacción
dada por el Real Decreto 99/2012. Cuando el texto que se considere de
interés para la asignatura pueda encontrarse tanto en una tesis doctoral
como en una obra posterior del mismo autor, deberá reproducirse la tesis
original. - Obras que, debido a su antigüedad, se hallen en el dominio público.
3º) Realizar una adecuada utilización del derecho de cita
y de ilustración para la enseñanza
El derecho de cita consiste, de acuerdo con la Ley de propiedad intelectual en
"la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza
escrita, sonora o audiovisual, así como de obras aisladas de carácter plástico,
fotográfico figurativo o análogo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y
su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio
crítico. Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de
investigación en la medida justificada por el fin de esa incorporación e
indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada"
De lo anterior se desprende que la utilización de material ajeno en el seno de
los materiales en formato digital deberá ajustarse a lo siguiente:
- Cuando el texto escrito que se pretende recoger proceda de obras
ajenas publicadas en papel y escaneadas se transformará en un
documento de texto a través de los programas OCR y su incorporación
al curso virtual deberá realizarse de manera elaborada con referencia
precisa de la fuente y nombre del autor, conforme a los criterios
metodológicos de aplicación en cada caso, intercalando entre los
distintos párrafos recopilados, acotaciones del profesor ponente en donde
se realicen aclaraciones, precisiones, valoraciones o, al menos, se la
concuerde con otras referencias. - Deberá realizarse una utilización proporcionada, no debiendo
reproducirse más material que el necesario para ilustrar la cuestión objeto
de explicación o análisis, procurando no reproducir la totalidad de una
obra.
4º) Enlaces a páginas web donde aparecen documentos
de interés para el espacio virtual o servicio de
publicación on-line
Cuando un documento de interés esté accesible en una página web, la doctrina
de las audiencias provinciales españolas permite recoger el enlace mediante un
hipervínculo. El buen estilo dicta que se acompañe de la cita correspondiente y,
en su caso, de los comentarios que sea necesario acompañar al texto.
En caso de que se reciba una comunicación fehaciente del autor, o de quien
ejerza en su nombre sus derechos, de que el enlace incluido en ese concreto
material docente referencia una obra cuya publicación no está debidamente
autorizada, deberá procederse a su supresión.
Contacto:
Para ampliar la información o resolver cualquier duda puede ponerse en
contacto con:
D. José Navarrete Cortés; Jefe de la Sección de Apoyo a la Investigación.
Biblioteca de la Universidad de Jaén. jcortes@ujaen.es